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Trump restringe la ciudadanía por nacimiento en casos específicos y endurece medidas contra el “turismo de parto”

Donald Trump firmó dos órdenes ejecutivas relacionadas con la ciudadanía por nacimiento y los viajes de extranjeros que ingresan a Estados Unidos con el propósito principal de dar a luz.

Las medidas, suscritas el 6 de agosto de 2026, no eliminan de manera general la ciudadanía automática para quienes nacen en territorio estadounidense. Su alcance se concentra en determinadas situaciones y podría enfrentar nuevos cuestionamientos judiciales.

¿En qué casos se restringiría la ciudadanía?

La primera orden dispone que las agencias federales no emitan ni reconozcan documentos de ciudadanía para determinadas personas nacidas en Estados Unidos cuando ninguno de sus padres sea ciudadano estadounidense.

La restricción incluye los casos en los que uno de los padres sea considerado “enemigo extranjero”, como integrantes de organizaciones terroristas designadas por Estados Unidos.

También abarca a hijos de ciertos empleados de gobiernos extranjeros, entre ellos personal de embajadas, consulados y organizaciones internacionales que cuente con inmunidad.

Otra categoría corresponde a los padres que hayan realizado una transacción comercial para garantizar que la madre permaneciera en Estados Unidos o en uno de sus territorios con el propósito de dar a luz. La orden incluye acuerdos comerciales de gestación subrogada realizados con esa misma finalidad.

El documento también menciona nacimientos ocurridos en territorios estadounidenses donde la ciudadanía no sea reconocida mediante una ley federal. Esta disposición no puede retirar por sí sola una ciudadanía que ya esté conferida por el Congreso.

Medidas contra el “turismo de parto”

La segunda orden, denominada Ending Birth Tourism, permite adoptar acciones migratorias contra extranjeros que viajen con una visa de no inmigrante con el propósito principal de dar a luz en Estados Unidos.

Los secretarios de Estado y de Seguridad Nacional podrán negar o revocar visas y autorizaciones de viaje, impedir el ingreso e iniciar procedimientos de expulsión.

Las medidas también podrían aplicarse a personas, empresas u organizaciones que faciliten estos viajes. Sin embargo, la orden permite excepciones por razones humanitarias o cuando exista un interés nacional.

La administración Trump sostiene que esta práctica constituye un uso fraudulento de las visas de turismo cuando una persona oculta que su intención principal es dar a luz en el país.

La Corte Suprema frenó un intento más amplio

Las nuevas órdenes fueron firmadas después de que la Corte Suprema resolviera, el 30 de junio de 2026, el caso Trump v. Barbara.

El litigio se originó por una orden emitida por Trump el 20 de enero de 2025, con la que pretendía negar la ciudadanía a hijos de padres indocumentados o con una permanencia temporal en Estados Unidos.

La Corte determinó que los niños nacidos en el país en esas condiciones están protegidos por la Cláusula de Ciudadanía de la Decimocuarta Enmienda.

El fallo mantuvo excepciones históricas limitadas, como determinados hijos de funcionarios extranjeros que cuentan con inmunidad diplomática.

¿Las restricciones ya se aplican?

Aunque las órdenes ya fueron firmadas, varios aspectos todavía necesitan instrucciones y procedimientos administrativos.

Las agencias federales deberán preparar, dentro de 30 días, las directrices para aplicar la primera medida. Los departamentos de Estado y Seguridad Nacional también tendrán que actualizar sus normas y políticas migratorias.

Por lo tanto, no todas las consecuencias anunciadas se ejecutarán automáticamente desde la firma.

La amplitud de algunas categorías, especialmente las relacionadas con empleados de gobiernos extranjeros y acuerdos comerciales para dar a luz, podría provocar nuevas demandas.

El alcance definitivo de las órdenes dependerá de su aplicación en casos concretos y de las decisiones que adopten los tribunales estadounidenses.

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