Noboa reduce al 8 % el IVA para servicios turísticos durante el feriado del 10 de Agosto
Los servicios turísticos en Ecuador tendrán una tarifa reducida del Impuesto al Valor Agregado (IVA) durante los tres días del próximo feriado nacional. El presidente Daniel Noboa dispuso que el impuesto se aplique al 8 % entre el sábado 8 y el lunes 10 de agosto de 2026.
La medida fue establecida mediante el Decreto Ejecutivo 465 y no significa una reducción general del IVA para todas las compras. Su aplicación está limitada a la prestación de servicios considerados actividades turísticas de acuerdo con la legislación ecuatoriana.
¿Qué servicios tendrán IVA del 8 %?
La disposición comprende las actividades reconocidas en el artículo 5 de la Ley de Turismo. Entre ellas están:
- alojamiento;
- alimentos, bebidas y entretenimiento;
- agenciamiento turístico;
- transporte turístico;
- guianza turística;
- centros de turismo comunitario;
- organización de eventos, congresos, reuniones, conferencias, ferias y exhibiciones;
- centros de convenciones, salas de recepciones y banquetes;
- parques temáticos y atracciones estables;
- balnearios, termas y centros de recreación turística.
Por tanto, la reducción no debe interpretarse como una rebaja del IVA para cualquier producto o establecimiento comercial durante el feriado.
Tres días con la tarifa reducida
El Decreto establece la aplicación del 8 % durante:
Sábado 8 de agosto
Domingo 9 de agosto
Lunes 10 de agosto de 2026
Los establecimientos que se encuentren comprendidos dentro de las actividades turísticas señaladas por la normativa deberán emitir los comprobantes de venta con la tarifa correspondiente durante esos días.
Para una provincia con oferta turística como Napo, la disposición puede beneficiar a establecimientos y prestadores que cumplan los requisitos establecidos para operar como actividades turísticas.
Gobierno busca incentivar el turismo
Según el Ejecutivo, la reducción temporal busca estimular los desplazamientos dentro del país y el consumo de servicios turísticos durante el feriado.
El Decreto señala además que la medida obtuvo el dictamen favorable del Ministerio de Economía y Finanzas el 27 de julio de 2026.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) tendrá a su cargo las acciones necesarias para implementar la tarifa temporal.
Terminado el período establecido en el Decreto, dejará de aplicarse esta reducción especial.




